ENCOMENDEROS PRETENDIERON
COMPRAR EL TAHUANTIUNSUYO
LA SOLICITUD DE COMPRA DEL TAWANTINSUYO POR PARTE DE LOS ENCOMENDEROS A LA CORONA (1554) Y “DE REGIA POTESTATE” O “DERECHO DE AUTODETERMINACION” DE BARTOLOME DE LAS CASAS.
Difundido por : Willka Pureq
n el año de 1554 los encomenderos invasores nombraron como apoderado a Antonio de Ribera para negociar oficialmente con el Rey la venta a perpetuidad de las encomiendas con “plena jurisdicción civil y penal”. Fue él quien presentó un memorial con argumentos y las bases de la negociación, en el que se pretendía que de esa manera se restablecería la paz, ya que a partir de las “nuevas leyes” de 1542 estas generaron disconformidades y reclamos de los encomenderos. Así mismo argumentaban que con ese nuevo orden se lograría el progreso:
“…desaparecería la avaricia y ambición entre los invasores, evitando que emigren de España pobres y necesitados, que en esta tierra no podrían vivir si no de esta manera, procurar juntarse con otra gente ociosa para levantar la tierra y robar y quitar a los otros que en ella viven de asiento”.
Estos fueron los que precisamente se quedaron fuera de toda repartija y entre otras cosas se dedicaban a presentar demandas al Consejo donde armaban querellas entre Kurakas.
El precio de compra ofrecido por las Encomiendas era de 5 millones de ducados en oro
- Por el Cusco ofrecían 1 millón 400 mil ducados por pagar en 6 años,
- Por Lima 500,000 ducados por pagar en 8 años,
- Por La Paz 680,000 pesos por pagar en 6 años,
- Por La Plata (Chuquisaca) 1 millón de pesos por pagar en 8 años,
- Por Trujillo 300,000 pesos por pagar en 8 años,
- Por Chachapoyas 130,000 ducados por pagar en 8 años;
Todo eso a pagar con el usufructo y explotación de la tierra y el trabajo de los anteriores poseedores
Se organizó una Junta de Teólogos en Londres para evaluar la solicitud, donde se decidió que era “licita la venta”; y, ya para 1556 el rey Felipe II se manifestaba como “decidido”:
“Teniendo como la dicha determinación y no habiendo para que replicarme más sobrello, he mandado que se hagan acá los apuntalamientos que veréis, de la forma y cómo y con qué condiciones se debe de dar en perpetuidad los dichos repartimientos y otorgar a los descubridores, conquistadores, pobladores y otras personas que nos han servido en aquellas partes otras gracias y mercedes”
En 1559 llega a Lima la comisión encargada de gestionar la venta, presidida por el Virrey Conde de Nieva, se reúne con los procuradores enviados por los encomenderos, quienes validaban su solicitud presentando informes de connotados juristas. Esto fue entendido por la corona como una pretensión oculta de buscar la “independencia” por parte de los encomenderos y es así que los negociadores de la corona dilatan la venta siguiendo las instrucciones que llegaban de Madrid.
Existe un documento del 20 de Julio de 1559 donde los Kuracas otorgan poder a Bartolomé de las Casas, el que tenía por objetivo evitar la venta de las encomiendas, donde queda evidenciado una vez más que la terminología legal requerida y los argumentos contenidos eran desarrollados por los juristas y no por nuestros antecesores remotos, que al final solo eran utilizados en todas estas disputas y peticiones.
Muchos de estos expedientes han sido consultados por los investigadores y los han tomado como expresiones reales de nuestros ancestros sin considerar la participación evidente de terceros intereses.
Se sabe que Bartolomé de las Casas cursó documentos al Consejo de Indias argumentando que la venta implicaría “la perdida de las Indias”, y es en ese contexto que presenta un tratado jurídico con el que pretendía demostrar que la venta estaba en contra del derecho natural y del derecho real. Como parte de su estrategia, Bartolomé de las Casas ofrece 6 millones de ducados en nombre de los Kurakas. En 1562 se remitió el informe de Vibresca de Mutañones , miembro del Consejo de Indias, donde aconsejaba al rey que paralice las negociaciones:
“A nuestro parecer uno de los mayores inconvenientes que la perpetuidad en general tenía y tiene, hera que si la perpetuidad en general se hiciese, de aqui a treinta o cuarenta años los hijos descendientes y subcesores no tenían amor a los reyes y ni reinos de España ni la las cosas de ellos por no haberlos conocido y nacido acá, antes aborrecimiento como regularmente se ve”.
Las negociaciones se reanudaban con relativa frecuencia, el argumento que presentó Bartolomé de las Casas estaba destinado a paralizar por completo la intención de los encomenderos de comprar las tierras a perpetuidad y de heredarlas a sus hijos y descendientes, esta venta incluía a los antiguos posesionarios que estaban encomendados en esos territorios. Cada encomendero seria como un señor feudal de los territorios que la corona vendería, con total y absoluta autonomía;
A esta intensión Bartolomé de las Casas escribió:
“Ningún estado, ni rey, ni emperador puede enajenar territorios, ni cambiar su régimen político, sin consentimiento expreso de sus habitantes”.
El libro no fue impreso en España puesto que para esos días se reglamentó la Pragmática de Valladolid (1558) la cual castigaba con pena de muerte al autor de libros que se publicaran sin autorización, así mismo se confiscaba la imprenta y los bienes del editor, el libro fue impreso en Alemania. También se ordenó recoger todos los libros que ni fueron autorizado por el Consejo, era la censura en su máxima expresión, es con esta acción que se puede determinar que por ejemplo las crónicas que hoy son fuente de la “historia oficial” y que fueron publicadas en esos años, transmiten solo lo que la corona quería transmitir, la justificación y validez de la invasión, una versión parcializada y segmentada que muchos consideran hechos reales.
En 1565 Bartolomé de las Casas presentó al rey el “TRATADO DE LAS DOCE DUDAS”, el cual ha sido considerado una especie de “Testamento Político” del cual se resume lo siguiente:
1.-Todos los infieles, no importa cuales fuesen su religión o los pecados que hubieran cometido, poseen legítimamente sus propiedades y sus tierras.
2.- Ningún rey o emperador, ni siquiera la iglesia, pueden hacer una guerra justa contra las naciones de las indias.
3.- La única razón que abona la donación papal a los reyes de Castilla y León es la propagación de la fe.
4.-Por esta concesión el papado no intentó privar a los reyes y señores naturales de las indias ninguno de sus derechos.
5.- Los reyes de Castilla y León están obligados a sufragar los gastos requeridos para convertir a los indios y no pueden constreñir a los indios a pagarlos contra su voluntad.
6.-Para que el imperio de España en las indias sea justo se debe contar con el consentimiento de los reyes y pueblos de aquel orbe, de manera que acepten libremente la donación papal a los reyes de Castilla.
7.-Las entradas todas que han realizado los españoles desde 1492 han sido malas y tiránicas.
8.- Desde 1550 hasta 1564 no ha habido ni ahora hay hombre en todas a las indias que haya tenido obre de buena fe.
Es a partir de estos documentos poco conocidos en nuestro país que se entiende por ejemplo la actitud posterior del Virrey Toledo y su Cronista Sarmiento de Gamboa de presentar a los Inkas como Tiranos, conquistadores e invasores y de no ser Señores Naturales, así mismo se entiende por qué en la Crónica y Buen Gobierno firmada por Huamán Poma de Ayala se relata la Donación del Tawantinsuyo por encargo de Huaskar a Pizarro en representación del rey, como prueba de “consentimiento”.
En el libro, De las Casas presenta elaborados argumentos sobre la libre determinación, la esclavitud como “fenómeno accidental”, las diferencias entre propiedad y jurisdicción, sustenta sus argumentos con teorías y jurisprudencias de diferentes juristas y teólogos a los que cita, con lo cual logra dar un peso sólidamente estructurado a su libro y garantizaba que el contenido influya determinantemente en la decisión final.
Al analizar estos documentos se desprende que la invasión no fue un acto de “aventureros” únicamente, puesto que 20 años después de los hechos de Cajamarca se disputaban grandes intereses jurídicamente argumentados todos con la finalidad de usufructuar las tierra y los minerales y así obtener la mayor ganancia para los grupos que representaban; y estas disputas fueron posibles también debido a que no habían “ejércitos” buscando recuperar su libertad, lo cual habría ocasionado condiciones de gran inestabilidad, sin embargo las crónicas que se publicaban en esos años narraban historias de estos “ejércitos Inkas” conquistando y tiranizando otros pueblos.
La historia que conocemos esta sin duda parcializada, fragmentada e incompleta. Estos hechos y documentos nos ayudaran a entender cuál fue la estrategia con la cual los invasores legitimaron sus actos y como en la actualidad el resultado de esas estrategias siguen vigentes.
Complementos en PDF:
1.- https://drive.google.com/open... (Poder de los Kurakas a Bartolomé de las Casas)
2.- https://drive.google.com/open... (“De Regia Potestate” versión latin/castellano)