Escribe:
José Farfán Estrada. LOS ANDES
09ago2015
Mediante
Ley NO29815, el Congreso de la República otorgó facultades
legislativas al Poder Ejecutivo en materia de formalización minera; de esta manera,
el primero de los Decretos Legislativos que emitió este poder del Estado fue el
1099, cuyo Objetivo era endurecer medidas contra la minería que se desarrollaba
en la cuenca del ríoRamisy del rio Suches, en el departamento de Puno,
einterdictara los mineros de la zona. Desde entonces se emitieron siete
Decretos Legislativos encaminados a formalizar a mineros. Allí tenemos, entre
las principales acciones provenientes de estos decretos legislativos, la
creación de una declaración jurada que implica el compromiso del minero de
convertirse a la formalidad, la creación de nuevos estudios ambientales, la
creación del término demineriailegal, la creación de áreas de exclusión para la
actividad minera, las llamadas rutas fiscales, por las cuales setransportariasustancias
químicas, las normas sobre comercialización de minerales, la creación de las
modalidades de pérdida de dominio, la creación de nuevos tipos penales
derivados del ejercicio de la minería ilegal y la creación de una normativa
especial de formalización para la mina La Rinconada (Decreto Supremo NO028-2012-EM).
A
propósito, de toda la gama de nueva legislación minera en materia de
formalización minera, recuerdo mucho una capacitación que brindé el año 2013 a
los hermanos mineros de La Rinconada y Cerro Lunar, y la verdad es que luego de
casi cuatro horas de exposición, no había terminado de detallar ni cuatro de
los Decretos Legislativos y, de vez en cuando, matizando uno que otro detalle
de la excesiva legislación reglamentaria a raíz de estos decretos legislativos,
traté de brindar lo mejor que pude los alcances de esta legislación naciente.
El resultado de toda esa maraña de normas, que ni los propios abogados muy
especializados en formalización minera manejan, hoy en día no ha sido positivo;
esta situación ha sido mucho peor para nuestros hermanos mineros o comuneros
que, por una situación coyuntural, se dedican a la actividad minera a pequeña
escala.
En
consecuencia, el resultado de la maraña legal ha sido y sigue siendo confusión,
delincuencia. corrupción y, tal vez lo peor, que el propio Gobierno Nacional se
haya disparado al pie, dejando de percibir los impuestos que implicaba la
exportación fundamentalmente de oro por el Perú, es decir, desde nuestro
aeropuerto Jorge Chávez: por el contrario. hoy por hoy, la producción de
nuestropaissale exportada por el hermanopaisde Bolivia, en una proporción
matemáticamente equivalente aIoque el país deja de exportar. Lo que quiere
decir que a la luz de los estudios realizados por Hernando de Soto, si bien no
se ha llegado a formalizar ni al 1% del universoformalizableinicialmente, está
más que claro que la producción informal sigue produciéndose y exportándose por
caminos ajenos al país.
Hecha
la Ley, hecha la trampa, nos dice un viejo dicho. o también podría ser
aplicable a esta situación, que la creación de leyes draconianas (El
Diccionario de la Real Academia - RAE define el término draconiano (-na) como
sigue:Adj. "Dicho de una ley, de una providencia o de una medida
sanguinaria o excesivamente severa. 2. Perteneciente o relativo a DRACÓN,
legislador de Atenas.") no necesariamente desincentivan una actividad, más
aún, considerando que quienes ejercen esaactividad la consideran como un único
sustento de actividades o que los ingresos que les genera por su nivel
educativo, difícilmente podría generar los ingresos que la madre tierra les
genera con esta actividad.
¿Qué
hacer, entonces? Seguimos el camino de "desincentivar" al menos
figuradamente, legalmente o formalmente, la actividad informal o, más bien,
redoblamos esfuerzos reales y la ayudamos para que sea una fuente de riqueza
digna, con los debidos controles ambientales y que, además, transparente los
ingresos de miles de mineros. En mi opinión, debemos incentivar la minería a
pequeña escala de manera controlada, generando riqueza local pues es sabido que
la minería a pequeña escala genera trabajo local y moviliza a poblaciones
enteras muchísimo más que la gran minería; si no, veamos a nuestra pujante
Juliaca. Debemos ver más allá de lo existente y optar por fórmulas más
creativas; por ejemplo, para remediar los pasivos ambientales, pueden crearse
alianzas comerciales con empresas de envergadura que remedien los pasivos
ambientales y que a la vez obtengan rentabilidad de ello,Iocual es posible
teniendo en cuenta las formas de producción incipientes de los pequeños
mineros.
Si
bien es cierto que de ninguna manera podemos avalar el trabajo infantil, la
prostitución o la depredación del medio ambiente, como se ha sacado a flote
periodísticamente los últimos años, tampoco podemos ser ajenos del impacto
económico que tiene la minería a pequeña escala y que transformada y bien
llevada puede ser un importante soporte para salvar el bajón económico de
nuestro país, tan comentado y analizado últimamente. Ejemplos como el de las
cooperativas minerasdeAnanea(en especial la Central de Cooperativas Mineras San Antonio de
Poto — CECOMSAP), son muestras que hoy en día vienen siendo objeto de estudio,
puesto que implican no una formalización individual, sino formalizaciones
grupales o comunitarias, que también resulta una alternativa razonable de
formalizacióntambién se debe pensar en elaborar un texto único de la formalización
que simplifique y recopile todas las normas que se han creado hasta la fecha,
que confunden y más bien desincentivan al minero.
En
conclusión, se trata de construir o darle una óptica positiva y revertir la
difícil situación que se ha creado en la cruzadaformalizadora, no solamente en
Puno sino en todo el país, donde más que alentar la formalización, en verdad se
vienen generando núcleos de mercados negros e ilegalidad, pese al esfuerzo y
buena voluntad de funcionarios y profesionales que se ven muchas veces
maniatados por las normas vigentes.
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* Abogado especialista en minería e hidrocarburos
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