ALCALDE FLORES QUISPE Y EX ASESORA…
¡A LA CÁRCEL!
MARATÓNICA AUDIENCIA DURÓ MÁS DE 13 HORAS Y MEDIA. SE DICTÓ 9 MESES DE PRISIÓN PREVENTIVA PARA AMBOS
Fuente: SIN FRONTERAS
MARATÓNICA AUDIENCIA DURÓ MÁS DE 13 HORAS Y MEDIA. SE DICTÓ 9 MESES DE PRISIÓN PREVENTIVA PARA AMBOS
Fuente: SIN FRONTERAS
Difusor: José
Carlos Apaza Aleman
La maratónica audiencia de pedido de
prisión preventiva en contra del actual alcalde de Puno, Iván Flores Quispe; su
ex asesora, Inés Béjar Barriga; el exgerente municipal Edgar Centeno Chevarría;
y los funcionarios de la empresa Backus, Marco Antonio Loayza Sánchez y Carlos
Rondón Vilca, tuvo un desenlace sorpresivo. El juez Youl Riveros dictó mandato
coercitivo contra la primera autoridad local y la prófuga ex asesora y medidas
restrictivas contra los demás imputados.
Luego de más de 13 horas y media de amplios debates, se llegó a este fallo, aunque en un inicio se creyó que este sería absolutorio.
Luego de más de 13 horas y media de amplios debates, se llegó a este fallo, aunque en un inicio se creyó que este sería absolutorio.
El alcalde trajo de Lima al abogado
Fidel Rojas, destacado penalista y experto en derecho de corrupción de
funcionarios, quien desde un inicio intentó tumbarse el proceso cuestionando la
tipificación del delito. Dijo que la figura de colusión agravada no
correspondía, más bien sí el de peculado. También sustentó hasta el cansancio
que no concurrían copulativamente los pre supuestos para que proceda la prisión.
Los demás abogados utilizaron sus argucias y hasta presentaron documentos, que en vez de ser favorables a sus defendidos, terminaron como un 'boomerang' contra estos. Tal es el caso de la abogada de Inés Béjar, quien alcanzó dos documentos que deberían sustentar que el depósito de 10 mil 800 soles a su cuenta personal, eran producto de una deuda. Un contrato tenía una tremenda incongruencia, era fechada el 29 de febrero de 2015, pero ese año el mes solo tuvo 28 días.
Los demás abogados utilizaron sus argucias y hasta presentaron documentos, que en vez de ser favorables a sus defendidos, terminaron como un 'boomerang' contra estos. Tal es el caso de la abogada de Inés Béjar, quien alcanzó dos documentos que deberían sustentar que el depósito de 10 mil 800 soles a su cuenta personal, eran producto de una deuda. Un contrato tenía una tremenda incongruencia, era fechada el 29 de febrero de 2015, pero ese año el mes solo tuvo 28 días.
SUSTENTO
FISCAL
El fiscal Jorge Astorga Castillo, en primera instancia, sustentó los cargos que se le atribuyen al burgomaestre puneño, su exgerente municipal, la ex asesora y los representantes de la empresa Backus.
El fiscal Jorge Astorga Castillo, en primera instancia, sustentó los cargos que se le atribuyen al burgomaestre puneño, su exgerente municipal, la ex asesora y los representantes de la empresa Backus.
La defensa técnica, que aseguró
mostraría pruebas contundentes para sustentar que los funcionarios no
incurrieron en delito. Por ejemplo, el abogado del alcalde, Fidel Rojas,
argumentó que la adenda por el convenio entre la empresa Backus y la
Municipalidad, cuya fecha figura como 27 de febrero del 2015, fue un error de
digitación y la fecha real fue 27 de enero de ese año. Posterior a ello,
curiosamente pidieron un cuarto intermedio al mediodía para “ordenar” algunos
documentos, pedido al que accedió el juez, Joul Riveros.
FUNDAMENTOS
DEL FISCAL
Ya en horas de la tarde la audiencia se reanudó ante un fiscal que fundamentó la solicitud de la medida coercitiva, por peligro de fuga, alegando los viajes al extranjero que realizó Iván Flores, al igual que el ex gerente y la ex asesora.
Ya en horas de la tarde la audiencia se reanudó ante un fiscal que fundamentó la solicitud de la medida coercitiva, por peligro de fuga, alegando los viajes al extranjero que realizó Iván Flores, al igual que el ex gerente y la ex asesora.
PRUEBA
AGRAVANTE
Para el juez, si bien el alcalde tiene arraigo domiciliario, este se empaña por la conducta procesal, dado que la contestación al fiscal se hizo con papel reciclado de la Procuraduría Municipal. "Para este Juzgado resulta extraño que desde la Procuraduría saliera su documento de defensa; esto podría ser incluso una obstaculización de la justicia...", advirtió.
Para el juez, si bien el alcalde tiene arraigo domiciliario, este se empaña por la conducta procesal, dado que la contestación al fiscal se hizo con papel reciclado de la Procuraduría Municipal. "Para este Juzgado resulta extraño que desde la Procuraduría saliera su documento de defensa; esto podría ser incluso una obstaculización de la justicia...", advirtió.
POSICIÓN
DE LA DEFENSA
El abogado de la autoridad edil, alegó que los pedidos de prisión preventiva se dan en el marco de una revocatoria a la comparecencia restringida, la cual no habría sido solicitada en primera instancia por la Fiscalía de acuerdo a los procedimientos que indica el código procesal. “Él no pidió en ningún momento, de manera preliminar, comparecencia restringida, de modo que hay un indicio de informalidad, comete un vicio de nulidad”, dijo.
El abogado de la autoridad edil, alegó que los pedidos de prisión preventiva se dan en el marco de una revocatoria a la comparecencia restringida, la cual no habría sido solicitada en primera instancia por la Fiscalía de acuerdo a los procedimientos que indica el código procesal. “Él no pidió en ningún momento, de manera preliminar, comparecencia restringida, de modo que hay un indicio de informalidad, comete un vicio de nulidad”, dijo.
Además, cuestionó uno de los elementos
de convicción, vinculado al delito, señalado por la Fiscalía en relación a los
convenios de colaboración. "Me siento desestabilizado académicamente
porque él cita la Ley de Contrataciones del Estado y eso es un error terrible
debido a que el convenio se dio con una empresa privada, no pública",
manifestó, asegurando que los alegatos de la defensa para pedir la prisión
preventiva son de estándar minimalista.
DECLARACIONES
EN CONTRA
El abogado del alcalde, quien parecía convencer con sus alegatos, cometió un craso error al considerar como medios de pruebas dos declaraciones juradas; del regidor Wilson Salamanca y el asesor Luis Gallegos, quienes pretendieron dar fe que el 1 de enero de 2015, día en que Iván Flores celebró su elección como alcalde, abordaron temas relativos a la Candelaria; y es que ese día pagaron una factura con parte de los 100 mil soles donados por Backus para la festividad de ese año. El convenio fue firmado el 27 de enero, pero los gastos se hicieron mucho antes, e Inés Béjar participó en los pagos, de acuerdo a un correo electrónico presentado por la Fiscalía.
El abogado del alcalde, quien parecía convencer con sus alegatos, cometió un craso error al considerar como medios de pruebas dos declaraciones juradas; del regidor Wilson Salamanca y el asesor Luis Gallegos, quienes pretendieron dar fe que el 1 de enero de 2015, día en que Iván Flores celebró su elección como alcalde, abordaron temas relativos a la Candelaria; y es que ese día pagaron una factura con parte de los 100 mil soles donados por Backus para la festividad de ese año. El convenio fue firmado el 27 de enero, pero los gastos se hicieron mucho antes, e Inés Béjar participó en los pagos, de acuerdo a un correo electrónico presentado por la Fiscalía.
EL
FALLO
El magistrado resolvió que el alcalde y su ex asesora deberán ser internados en el penal mientras dure el proceso judicial y que el ex gerente municipal afronte el juicio con mandato de comparecencia restringida porque no encontró peligro de fuga ni conducta procesal indebida, como sí lo halló en Flores Quispe y Béjar Barriga.
El magistrado resolvió que el alcalde y su ex asesora deberán ser internados en el penal mientras dure el proceso judicial y que el ex gerente municipal afronte el juicio con mandato de comparecencia restringida porque no encontró peligro de fuga ni conducta procesal indebida, como sí lo halló en Flores Quispe y Béjar Barriga.
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