EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA:
UN MAL POLÍTICO MAYOR
Por Jorge Rendón Vásquez
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os principales problemas políticos que afectan a la
Nación y al pueblo peruanos en este momento son: el Congreso de la República,
el Ministerio Público y el Poder Judicial.
Son tres enclaves corporativos que pueden atacar a los
ciudadanos para quitarles o disminuirles sus derechos y, en los casos de los
fiscales y jueces, para perseguirlos y castigarlos, desnaturalizando el texto
de la ley, con la ventaja de su impunidad, es decir, prevaliéndose de la
imposibilidad de ser sancionados, de derecho y de hecho, por sus infracciones a
las leyes y sus agravios a las personas.
Hoy me ocuparé del Congreso de la República.
Su producción legislativa ha ido de mediocre para abajo, y el tiempo de trabajo de la mayor parte de congresistas (unas tres horas por día en promedio o menos, a ojo de buen cubero) está siendo utilizado para atacar al Presidente de la República, al Primer Ministro y a ciertos ministros.
Y no han sido elegidos para eso, ni incluso por los votantes convencidos por la propaganda electoral multimillonaria que pagaron sus financiadores. Se les dio el voto para que se ocupen de los problemas del país y traten de resolverlos en cuanto requieran decisiones de su nivel. Si no lo hacen, engañan a la Nación peruana al cobrar por un tiempo perdido: 23,800 soles por mes, según la tarifa que se fijaron los congresistas en un período anterior. Si un trabajador en la actividad privada hace como que trabaja o no rinde, su empleador puede despedirlo. Pero a ellos nadie puede ni pensar en removerlos y, menos aún, en sancionarlos. La Constitución vigente los blinda.
Convencidos evidentemente de su inutilidad, algunos
congresistas han propuesto adelantar las elecciones, supuestamente para irse
también ellos, puesto que no pueden renunciar, pero, en realidad, solo como un
burdo gesto, ya que saben muy bien que ningún otro congresista, y posiblemente
tampoco ellos, votarán por una reforma de la Constitución que haga posible ese
planteamiento.
¿Desconocimiento de la Constitución?
Posiblemente sí por la mayoría de congresistas, que no
pueden funcionar sin asesores, muchos de ellos excongresistas que han retornado
al Congreso de ese modo ante la imposibilidad de su reelección. Pero no por
otros, más sabidos, se diría.
Lo que pueden y no pueden hacer los congresistas está
taxativamente determinado por la Constitución.
Su principal función, encargada por la ciudadanía y para
la cual son elegidos, es “Dar leyes y resoluciones legislativas, así como
interpretar, modificar o derogar las existentes.” (Constitución, art. 102º, 1).
En el pasado y ahora, muchos congresistas con mayorías
circunstanciales han cerrado los ojos ante este artículo y resuelto a su modo y
conveniencia, lo que equivalía a convertirse en poder constituyente.
Es lo que sucedió cuando Fujimori quiso reelegirse en
2000. Sus partidarios acometieron entonces una “interpretación auténtica” de la
Constitución por la ley 26657 y autorizaron su reelección contra la prohibición
de esta dispuesta por el artículo 112º de la Constitución: “no hay reelección
inmediata”. Cuando el Tribunal Constitucional declaró que este acuerdo era
inconstitucional, la mayoría fujimorista acusó a los cuatro miembros de este
Tribunal que hicieron mayoría en ese sentido y los destituyeron, en mayo de
1997.
Ahora se da una situación similar.
LO PEOR 1 |
LO PEOR 2 |
Pues claro que no. Como ya lo he dicho, el Congreso solo
puede “Dar leyes y resoluciones legislativas, así como interpretar, modificar o
derogar las existentes.” Y esta facultad no puede ser extendida. Si lo fuera,
el Congreso podría también dictar sentencias judiciales, o emitir decisiones
que corresponden a los gobiernos regionales o locales.
El artículo 45º de la Constitución dispone que “El poder
del Estado emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen con las limitaciones y
responsabilidades que la Constitución y las leyes establecen.” Por lo tanto, el
Congreso y los congresistas deben limitarse a hacer lo que la Constitución les
permite y manda.
Pero en la Constitución hay un vacío con respecto a
ellos, un vacío mañoso: los congresistas están exentos de responsabilidad y no
pueden ser sancionados por sus actos contra la Constitución y las leyes. Los
demás ciudadanos sí pueden serlo.
Es, por ello, que en una próxima Constitución debería
incluirse un artículo que disponga que cometen delito, por el cual podrán ser
juzgados de inmediato, los congresistas que actúen o voten contra el texto de
la Constitución o de las leyes, salvo que las deroguen.
(Comentos,
3/9/2022)
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