sábado, 25 de noviembre de 2017

PUNO, VICTIMA DE LA POSTERGACIÓN CENTRALISTA

PUNO 
Y EL SUEÑO  DEL
GASEODUCTO SUR PERUANO

Isidro Merma Flores en EL ECO DE PUNO NOV17

ANTECEDENTES
En 1981, el Estado peruano suscribió con la petrolera Shell un contrato de exploración petrolífera en la cuenca del río Ucayali, entregando en concesión dos millones de hectáreas.
Entre 1983 y 1987, Como resultado de la perforación de 5 pozos exploratorios y la ejecución de 3 mil kilómetros de líneas sísmicas, Shell descubre las reservas del Lote 88 de Camisea (San Martin y Cashiriari), de 8.8 Trillones de pies cúbicos (TPC).
En 1988 se firmó el Acuerdo de Bases para la Explotación de Camisea entre Shell y PetroPerú. Sin embargo, a pesar de las negociaciones para firmar el contrato, no se llegó a ningún acuerdo.
En 1994, se firmó un nuevo Convenio para la Evaluación y el Desarrollo de los yacimientos de Camisea entre la misma Shell y PetroPerú.
Shell devuelve al Perú el Lote 56 con 2,8 billones de pies cúbicos (BPC) adicionales a los del Lote 88, entonces ¿Cuánto Invirtió Shell en el Lote 88 y 56? Según Eleodoro Mayorga, ex Ministro de Energía y Minas y ex presidente de Petroperú «El legado de Shell en Camisea comprende inversiones por un valor de hasta 456 millones de dólares y un conjunto de normas medioambientales y sociales de vanguardia» (en “Perú, la oportunidad de un país diferente”. Banco Mundial, Washington, 2006, cap. 17). De acuerdo con las cifras oficiales, son USS 210 millones en la década de 1980 y USS 246 millones de 1996 a1998.

En 1998, Shell/Mobil señaló que no seguiría con el contrato, pues la explotación no le resultarla rentable en la medida en que la legislación vigente establecía que primero se garantizaría el abastecimiento interno, por lo que no podría exportar el gas, lo que necesitaba para lograr la rentabilidad. Tampoco la empresa podría encargarse de todas las fases del proceso, es decir de la producción, transporte y distribución.
En el 2000, se firmó el contrato de Licencia de Explotación para el Lote 88 (Echarate, La Convención, Cusco) con la empresa PlusPetrol Perú Corporation S.A. de Argentina.
En abril del 2002, fue aprobado por la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Energía y Minas el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto de Desarrollo del Yacimiento de Gas de Camisea Lote 88.
El 20 de octubre del 2003, la revista estadounidense Forbes, de finanzas y negocios, Informa que Pedro Pablo Kuczynskl asesora al grupo líder del programa de exportación del gas de Camisea, Hunter Oil. Kuczynskl fue dos veces ministro de Economía y Finanzas (6- 2001/6-2002 y 2/2004/8-2005) y presidente del Consejo de Ministros (8- 2005/7-2006).
Las concesiones para el transporte de gas natural y líquidos a la costa y la distribución de gas natural en Lima y Callao se adjudican al consorcio Tecgas NV (100% propiedad del Grupo Techint), con la participación de Pluspetrol Resources Corporation, Hunt Oil Company, SK Corporation, Sonatrach Petroleum Corporation BVI y Graña y Montero S.A.
El transporte y distribución comprenden tres diferentes contratos por 33 años: 1.- Contrato para transporte de gas desde Camisea hasta Lima; 2.- Transporte de líquidos de Camisea a la costa; 3.- Distribución de gas en Lima y Callao.
Estos contratos se adjudican basándose en la oferta más baja del costo de servicio, lo que determina las tarifas para el transporte y distribución de gas natural. Transportadora de Gas del Perú S.A. (TGP) es la compañía formada por el consorcio específicamente creado para desarrollo y operación de este proyecto.
La Ley 26221 en vigencia desde 1993 y modificatorias para favorecer lobbys en base a esta ley. Los Contratos de Licencia de Exploración y Explotación de Hidrocarburos es un "Contrato-Ley", el derecho de propiedad sobre los hidrocarburos es transferido al Contratista en el momento en que entra en vigencia el Contrato de Licencia de Exploración y Explotación de Hidrocarburos.
El ‘Contrato-Ley” es protegido por la Constitución Peruana de 1993, una vez suscrito, sólo puede ser modificado por acuerdo de las Partes (en este caso, PERUPETRO y el contratista).
Debe tenerse muy en cuenta que según la normatividad vigente aplicable en estos casos, las compañías petroleras poseen el 100% de propiedad sobre los hidrocarburos (petróleo o gas), que extraigan y con términos del contrato: 30 años para Petróleo y 40 años para Gas Natural.
Antes que la exportación del gas hacia Chile por anunciada decisión de PPK (socio de Piñera) o hacia cualquier otro país, la primerísima prioridad es que el  Gasoducto Sur Peruano sirva para el suministro de gas natural a la Región Macro Sur y para el desarrollo de un complejo energético en el sur con plantas térmica de entre 1700 MW a 2000 MW y una de 200 MW en Quillabamba, además del Polo Petroquímico. En ese esquema ideado por el centralismo, Puno verdaderamente no está considerado, como se observa en la ruta de los tramos del Proyecto Gasoducto Sur Peruano. 
El pasado 23 de febrero 2017 el ex-minlstro de Energía y Minas, Gonzalo Tamayo, dio a conocer a la República que las reglones sureñas de Tacna, Arequipa y Moquegua tendrán acceso a partir de julio al denominado gas virtual, el "plan B” del sector para no desabastecer a las zonas que dejarán de ser atendidas por la terminación del contrato del Gasoducto Sur Peruano,
“Cono Norte Arequipa”, el 10 de septiembre 2017 señala que la Asociación Urbanizadora Peruano, Argentino, Boliviano (Peru-Arbo), ubicada en el cono norte de Arequipa, será el primer pueblo joven en contar con gas a domicilio, quienes ya no tendrán que comprar gas en balones desde noviembre 2017. El combustible será trasladado en estado líquido en 9 cisternas desde lea hasta las dos plantas en Arequipa, ubicadas en Cerro Colorado y Sabandia.
La Región Puno, no está considerada en el proyecto de “clasificación" del gas a través de gas virtual; es decir camiones cisterna de Gas licuado de Petróleo (GLP) o Gas Natural Líquido (GNL), pese a que el Perú es poseedor del Gas de Camisea y con reservas probadas y probables del gas natural en los lotes 88,56,57,58 con 6.6 tritones de pies cúbicos (TPC) para consumo Interno en los próximos 20 años.

En conclusión, si nuestras autoridades: Alcaldes, Gobierno Regional y Organizaciones Sociales, no hacen las gestiones necesarias en el alto nivel del Gobierno, seguiremos pagando el precio establecido a precio de mercado spot (international-Henry Hub), el que según el Ranking de Precios es el más alto de América Latina.




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