EL PLAGIO Y EL PODER
JUDICIAL
José Luis Ayala
¿Cuántas
personas purgan condena por delito de plagio en el Perú e indemnizado al
agraviado de acuerdo a la legislación? No hay nadie que haya sido ejemplarme
sentenciado, encarcelado ni cumplido con pagar la reparación civil por el
delito cometido. Jamás el Poder Judicial impuso una sentencia para que nunca
más nadie vulnere los derechos intelectuales ajenos. Sin embargo, hay numerosos
juicios que han quedado en nada o las sentencias fueron benevolentes, frágiles
y hasta irrisorias. Así, el plagio se ha convertido en un hábito académico
normal, en un censurable acto intelectual, en un hecho que deforma el sentido
de la educación, en una franquicia adquirida por el hecho de apropiarse parte
de una obra de creación. No pasa nada.
La Ley sobre Derechos de Autor fue establecida por el Decreto legislativo No. 822 y data de 1996. Es un texto coherente y sencillo, pero desgraciadamente no se cumple como muchas que son “letra muerta”. Sin embargo, contiene en la parte final un texto llamado Disposiciones transitorias, conceptos redundantes que sin duda no se han aplicado: “Los derechos sobre las obras y demás producciones protegidas de conformidad con la ley anterior, gozarán de los plazos de protección más extensos reconocidos en esta Ley. Segunda.- Los títulos de los diarios, revistas, programas, espacios radiales y televisuales, noticieros cinematográficos y, en general, de cualquier otra forma de publicación o difusión a que hacía referencia el inciso c) del artículo 60 de la Ley No. 13714, al haber sido excluidos del ámbito de la presente ley, seguirán gozando de protección por el término de un año contado a partir de la entrada en vigencia de esta ley. Tercera.- Las sociedades de gestión colectiva que vengan funcionando de conformidad con el artículo 146 y siguiente de la presente ley, se adecuarán a lo dispuesto en la presente norma, en un plazo no mayor de tres meses, contados a partir de la entrada en vigencia de esta ley. Cuarta.- Las normas de procedimientos contenidas en el presente Decreto Legislativo serán de aplicación a los procedimientos iniciados”.
No hay necesidad de comentar esta ley, pero resulta indispensable hacerse una pregunta grave: ¿Cuántas tesis han sido plagio de plagio y servido para obtener grados académicos en las universidades del Perú? ¿Qué pasaría si se estableciera un proceso de revisión de las tesis presentadas en las universidades nacionales, privadas, universidades a distancia, institutos superiores tecnológicos, academias y otras instituciones donde se forman la mayoría de profesionales peruanos? Seguramente que la gran mayoría de graduados tendría que devolver el título si se comprobara que contienen plagios. Ahora es muy tarde y sería una tarea francamente complicada. Sin embargo, no es posible generalizar, hay quienes después de trabajar adecuadamente una tesis, convirtieron sus textos en libros singulares. Generalmente ocurre eso cuando el autor hace una investigación extraordinaria del tema tratado.
¿Cuál es el origen para que no haya rigor de investigación científica en las universidades e institutos superiores? Se trata de una deficiente formación académica de los docentes. Ese es el origen de la vigencia e impunidad al plagio, pero no se quiere aceptar. Si no hay un riguroso proceso de investigación, difícilmente los alumnos podrán adquirir instrumentos de análisis por su propia cuenta. Todos recurren a internet, profesores y alumnos y sin duda ayuda mucho, pero no es un medio de comunicación masivo infalible, el plagio es una acción permanente. Sin embargo, se ha convertido en una fuente indispensable.
Durante los últimos quince años se han creado en el Perú “universidades como cancha”, cuyos dueños no son precisamente filósofos, pedagogos, intelectuales, escritores y mucho menos investigadores sociales. En su mayoría son comerciantes, personas vinculadas a la política criolla, oportunistas, tránsfugas y lobistas criollos. Ellos como propietarios
designan rectores y
docentes, deciden la orientación del sistema educativo desvinculado a la
realidad nacional. ¿Entenderán ese término? No. Esa es la razón de la
paupérrima calidad educativa. El Perú es uno de los países con más número de
universidades en Sudamérica después de Brasil con una población de 205’ 716,89
habitantes y tiene 197 universidades. En el Perú con una población aproximada
de 30 millones de habitantes hay 140 universidades.La Ley sobre Derechos de Autor fue establecida por el Decreto legislativo No. 822 y data de 1996. Es un texto coherente y sencillo, pero desgraciadamente no se cumple como muchas que son “letra muerta”. Sin embargo, contiene en la parte final un texto llamado Disposiciones transitorias, conceptos redundantes que sin duda no se han aplicado: “Los derechos sobre las obras y demás producciones protegidas de conformidad con la ley anterior, gozarán de los plazos de protección más extensos reconocidos en esta Ley. Segunda.- Los títulos de los diarios, revistas, programas, espacios radiales y televisuales, noticieros cinematográficos y, en general, de cualquier otra forma de publicación o difusión a que hacía referencia el inciso c) del artículo 60 de la Ley No. 13714, al haber sido excluidos del ámbito de la presente ley, seguirán gozando de protección por el término de un año contado a partir de la entrada en vigencia de esta ley. Tercera.- Las sociedades de gestión colectiva que vengan funcionando de conformidad con el artículo 146 y siguiente de la presente ley, se adecuarán a lo dispuesto en la presente norma, en un plazo no mayor de tres meses, contados a partir de la entrada en vigencia de esta ley. Cuarta.- Las normas de procedimientos contenidas en el presente Decreto Legislativo serán de aplicación a los procedimientos iniciados”.
No hay necesidad de comentar esta ley, pero resulta indispensable hacerse una pregunta grave: ¿Cuántas tesis han sido plagio de plagio y servido para obtener grados académicos en las universidades del Perú? ¿Qué pasaría si se estableciera un proceso de revisión de las tesis presentadas en las universidades nacionales, privadas, universidades a distancia, institutos superiores tecnológicos, academias y otras instituciones donde se forman la mayoría de profesionales peruanos? Seguramente que la gran mayoría de graduados tendría que devolver el título si se comprobara que contienen plagios. Ahora es muy tarde y sería una tarea francamente complicada. Sin embargo, no es posible generalizar, hay quienes después de trabajar adecuadamente una tesis, convirtieron sus textos en libros singulares. Generalmente ocurre eso cuando el autor hace una investigación extraordinaria del tema tratado.
¿Cuál es el origen para que no haya rigor de investigación científica en las universidades e institutos superiores? Se trata de una deficiente formación académica de los docentes. Ese es el origen de la vigencia e impunidad al plagio, pero no se quiere aceptar. Si no hay un riguroso proceso de investigación, difícilmente los alumnos podrán adquirir instrumentos de análisis por su propia cuenta. Todos recurren a internet, profesores y alumnos y sin duda ayuda mucho, pero no es un medio de comunicación masivo infalible, el plagio es una acción permanente. Sin embargo, se ha convertido en una fuente indispensable.
Durante los últimos quince años se han creado en el Perú “universidades como cancha”, cuyos dueños no son precisamente filósofos, pedagogos, intelectuales, escritores y mucho menos investigadores sociales. En su mayoría son comerciantes, personas vinculadas a la política criolla, oportunistas, tránsfugas y lobistas criollos. Ellos como propietarios
La mayoría de universidades peruanas tienen pésima formación académica probada. 76 poseen autorización oficial y las demás funcionan en condición provisoria. ¿Qué entidad autorizó la proliferación de tantas universidades mediocres? Un anodino ente llamado Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (CONEAU). ¿Hasta cuándo aparecerán más universidades como hongos en la selva? Varias de ellas funcionan provisoriamente y prometen a los alumnos “regularizar lo más antes posible”.
Pero, ¿qué es un plagio? En síntesis es un delito probado contra los derechos de autor como contra los derechos morales. No es solo un acto penado, pero sucede que en el Perú las leyes no se cumplen. Según el Diccionario de la lengua española, plagiar es “copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias”. Bien podríamos decir que el verbo plagiar funciona impunemente todos los días. Entonces, tú plagias, él plagia, nosotros plagiamos, ellos plagian, vosotros plagiais, etc., etc.
Leo en internet, como en revistas, textos de crítica, manuales de Historia de Literatura Peruana, acerca de la biografía de Oquendo y compruebo que hay evidentes plagios de mi libro: “Carlos Oquendo de Amat. Cien metros de biografía, crítica y poesía de un poeta vanguardista itinerante. De la subversión semántica a la utopía social”. (Editorial Horizonte, Lima, 1998. UNA, Puno, 2016). Este libro me ha dado mucho honor y ha sido citado por críticos y escritores que han reconocido su valor histórico, Carlos Germán Belli, Ricardo González Vigil, Ricardo Silva Santisteban, Manuel Pantigoso, Arturo Corcuera, Winston Orrillo, Antonio Melis, Riccardo Badini, Justo Jorge Padrón, Dasso Salvívar (biógrafo de Gabo), etc., etc.
No hablaré de Alberto Mostajo, poeta vanguardista que finalmente regresó del olvido y fondo del averno. Todo plagio corroe la moral pero no es una razón para dejar de escribir. Entonces, habrá que decir, a más plagio y envidia, la respuesta es escribir más y mejor, no solo para tener el efímero honor de ser plagiado.
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