Alicia Abanto Cabanillas
La Defensoría del Pueblo y las organizaciones indígenas
nacionales presentaron una demanda de amparo contra la Presidencia del Consejo
de Ministros (PCM) y el Ministerio de Salud (MINSA), solicitando que se cumpla
con aprobar una Política de Salud Intercultural, orientada a mejorar la
atención de salud de 55 pueblos indígenas que existen en el Perú.
Los pueblos indígenas
–en comparación con otros grupos humanos- presentan la expectativa de vida más
baja, la mortalidad materna y neonatal más alta, así como la mayor desnutrición
infantil y el menor número de partos atendidos por profesionales de la salud,
entre otros graves problemas que afectan su existencia y desarrollo.
La demanda plantea
que el Poder Ejecutivo debe cumplir los acuerdos que asumió con los pueblos
indígenas –hace más 18 meses– a raíz de un proceso de consulta previa. Cabe
mencionar que el Convenio 169 de la OIT y la Ley de Consulta Previa establecen
que los acuerdos logrados entre el Estado y los pueblos indígenas son
vinculantes.
Artículo 15: “(…) El acuerdo
entre el Estado y los pueblos indígenas u originarios, como resultado del
proceso de consulta, es de carácter obligatorio para ambas partes. En caso de
que no se alcance un acuerdo, corresponde a las entidades estatales adoptar
todas las medidas que resulten necesarias para garantizar los derechos
colectivos de los pueblos indígenas u originarios y los derechos a la vida,
integridad y pleno desarrollo. Los acuerdos del resultado del proceso de
consulta son exigibles en sede administrativa y judicial"
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