LA PAZ DE LOS SEPULCROS
Por Gustavo
Espinoza M.
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ecientemente,
la mayoría parlamentaria del Congreso Unicameral aprobó, por un margen estrecho
un proyecto de Ley presentado por Fuerza Popular -el nuevo “Partido de
Gobierno”- y a través del cual se resolvía que los integrantes de la
institución castrense y la policía sólo debían responder -en
el caso de Comisión de Delitos- ante sus propios compañeros de armas en el
fuero privativo correspondiente. En otras palabras, deberán ser juzgados por
sus pares Institucionales.
Antes
era así cuando las instituciones armadas eran consideradas como una suerte de
recinto sagrado y sus miembros tenían derecho a disponer del cuerpo, la
salud y aún la vida de los civiles que caían bajo sus garras en una u otra circunstancia.
En
Accomarca, Santa Rosa y Llocllapampa capturó a 69 personas la mitad de los
cuales eran niños. Luego de saquear la aldea, incendiar las viviendas, violar a
las mujeres y robar las pertenencias de los campesinos, encerró a todos en una
casucha de paja a la que prendió fuego disparando adicionalmente fusilería de
metralla para exterminarlos.
Hecha
la denuncia ante un Parlamento recién estrenado se exigió la investigación del
caso. Antes que el Senado se abocara a ella, por disposición del Comando
Conjunto de la Fuerza Armada el caso fue “ventilado” en el Fuero Privativo
Militar que, en efecto, considero “reprochable” la acción de Hurtado y le
impuso una “severa sanción”.
8
días de rigor por “abuso de autoridad” y “desacato” fue la Pena
dictada, Obviamente, los jueces militares consideraron que el Sub
Teniente había cometido “abusos” y “rebasado” órdenes, porque ninguna de ellas
incluía matar niños. Eso, no se le había indicado.
Fue
una lucha larga y difícil que incluyó debates en tormo a los llamados “delitos
de función”. Para los uniformados, tales delitos se cometían cuando
actuaban en misión de servicio, es decir, cuando realizaban operativos
dispuestos por la superioridad o aún por iniciativa propia, pero lo
hacían “en cumplimiento de su función” militar o policial.
Esta
percepción implicaba una visión sesgada: el uniformado podía realizar cualquier
acción y justificarla alegando que estaba en “misión de servicio”. Era
suficiente.
Las
cosas cambiaron cuando los parlamentarios de Izquierda Unida plantearon el tema
desde otra óptica: ¿La que se cumple vistiendo el uniforme
en una acción policial o militar, o más bien la que es
compatible con la tarea asignada a los integrantes de una institución del Estado?
¿Es
“función de servicio” torturar a una persona? ¿Violar a una mujer?
¿Golpear a un niño?. Ciertamente que esas no son funciones oficiales que se
podrían encomendar a un subordinado y que ninguno podría tampoco considerarla inherente al “servicio” que brinda al país. Practicar esas
acciones constituye simplemente un delito recogido en el Código Penal y que
debe ser sancionado de acuerdo a ley, independientemente de quién sea el autor
del hecho.
Objetivamente
considerar que un miembro de la institución policial o armada “puede” o “tiene
derecho” a realizar acciones de esta naturaleza, es algo que se ha
impuesto bajo el imperio de regímenes dictatoriales. Ocurrió en efecto bajo el
fascismo, en los años 30 del siglo pasado, o cuando la dictadura de Odría, pero
también en regímenes formalmente “democráticos” como Manuel Prado o Belaunde. Y
más precisamente en las administraciones envilecidas y corruptas de las
últimas décadas: Fujimori, García, Merino, Boluarte o Jerí.
Si
ahora se busca reeditar el debate para justificar la aprobación de dispositivos
seudo legales que amparen la interpretación perversa de lo que constituye
“delitos de función” es porque se busca “preparar” el aparato del Estado para
la comisión de delitos de ese orden.
En
otras palabras, se busca generar acciones que luego se habrán de justificar
alegando que se trataba de acciones en las que “hubo excesos” que deben ser
visto por… “el Fuero Privativo”.
Dos
expresiones se habrán de usar mucho más adelante. Una de ellas será precisamente
esa: “hubo excesos”, como si fuera “un exceso” matar, torturar
o violar.
La
otra expresión que se habrá de usar mucho dice: “En un confuso
incidente… ” y luego se añadirá el hecho: “murieron dos
dirigentes”, “quedaron golpeados los trabajadores de una empresa” o “se
incendió un local sindical”
Se
trata de un viejo Slogan de la Orden de San Benito. Resume la idea
benedictina, que reclama la oración y el trabajo como un equilibrio entre la
actividad manual y el pensamiento. En verdad, ese lema fue distorsionado para
convertirlo en una suerte de castigo desde los años del medioevo: Ora y
Labora, reza y trabaja, sin protesta ni reclamo.
Pues
si. Eso es lo que hoy se busca. Promover r un equilibrio perfecto entre la
producción y el silencio. Trabaja y calla. No te quejes. Simplemente ora para
que cuando partas de este mundo, vayas al Paraíso donde hallarás la felicidad
eterna…. El sinónimo de eso, es la paz de los sepulcros. <>


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