domingo, 9 de agosto de 2026

ENTREGUISMO: KEIKISMO EXONERA DE IMPUESTOS A LA EMPRESA COCA COLA

Y LA AYUDA A ENVENENAR MAS A LA POBLACION

José Ignacio Reaño

"La flamante presidenta ha anunciado que se ha firmado un convenio con Coca-Cola Perú y Arca Continental Lindley, según el cual la empresa norteamericana quedaría exonerada por un monto de 1000 millones de dólares, por cinco años o más, del pago de impuestos.

Es decir, con el canje y convenio de impuesto por inversión, más de 3 mil millones de soles dejarían de ingresar a nuestras arcas. Según estimaciones, Coca-Cola paga al Estado peruano un promedio en impuestos de 200 millones anuales.

Bien, ahora que alguien me explique la utilidad y necesidad pública de este acuerdo. Más aún si a cambio la Coca Cola ofrece que cerca US$ 500 millones se destinarán a acondicionar los pequeños comercios (entiéndase a pintar bodegas con sus logotipos y anuncios, y regalarles una congeladora y una mesa); además, a mejorar la "cadena de valor local", es decir, hacer más eficiente la distribución de sus propios productos comprando camiones, javas, accesorios, etc

Todo lo cual, tal como se pinta, en el fondo sólo redundará en beneficio de la empresa que mejorará sus ventas con el auspicio del Estado peruano y a costa del recorte del pago de impuestos. Algo que incluso podría resultar inconstitucional, pues estaríamos ante una forma encubierta y sutil de exoneración.

Así mismo, se anunció la donación de dos millones de litros de agua y 150 000 mantas para las poblaciones vulnerables afectadas por el fenómeno de El Niño. Una bicoca para la multinacional y una de las que más ingresos genera a nivel global.

Demás está decir que la Coca-Cola es una bebida causante de muchos males en sectores más vulnerables. Asimismo la principal responsable de la contaminación planetaria por causa del plástico.

Que algún experto me explique, por favor, ¿cuál era la urgencia y necesidad de este convenio, y quien en realidad gana: nuestro país o la "generosa" Coca-Cola company?"

 COCA-COLA, OBRAS POR IMPUESTOS Y LA REPÚBLICA EN VENTA

Por Jorge Luis Choque

A

 pocos días de asumir el mandato, la presidenta Keiko Fujimori anunció una inversión de más de 1.000 millones de dólares de Coca-Cola Perú y Arca Continental Lindley, incluyendo un proyecto de agua y alcantarillado en Pucusana por 90 millones mediante Obras por Impuestos (OxI), sumado a donaciones de agua y mantas (Presidencia de la República del Perú, 2026).

El entusiasmo oficial no debe postergar las preguntas de fondo: ¿cuánto de ese monto es inversión real y cuánto crédito tributario? ¿Responde el proyecto a una urgencia pública o al posicionamiento de una corporación?

Obras por Impuestos no significa que la empresa “regale” una obra al Estado. Es un mecanismo mediante el cual la compañía financia y, eventualmente, ejecuta un proyecto priorizado por una entidad pública; posteriormente recibe un certificado emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas que puede utilizar para pagar hasta el 50% del Impuesto a la Renta correspondiente, según las reglas vigentes.

Por tanto, se trata de un adelanto de recursos privados a cambio de un reconocimiento tributario. Esta modalidad puede ser útil cuando acelera proyectos necesarios y evita la lentitud de la inversión pública. Pero también presenta riesgos: puede orientar la infraestructura hacia zonas estratégicas para la empresa, reducir el margen de decisión presupuestaria del Estado y generar dependencia de corporaciones con capacidad para influir en las prioridades públicas.

El problema central de la participación empresarial radica en el riesgo de que la conveniencia corporativa reemplace la planificación estatal, desviando las prioridades públicas hacia proyectos orientados a la visibilidad y la rentabilidad privada en lugar de atender a las poblaciones más vulnerables; a ello se suma que la celeridad en la ejecución no justifica flexibilizar el control gubernamental, pues, tal como advierte la Contraloría en diversos proyectos de saneamiento, construir más rápido no garantiza la eficiencia técnica ni la protección de los recursos públicos.

La responsabilidad social empresarial tampoco debe confundirse con el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Carroll (1991) sostuvo que la responsabilidad empresarial posee dimensiones económicas, legales, éticas y filantrópicas. Una donación puede aliviar una emergencia, pero no reemplaza el pago de impuestos ni la obligación estatal de garantizar servicios públicos permanentes.

Los impuestos financian hospitales, escuelas, agua potable, seguridad y transporte. Las donaciones, en cambio, suelen ser temporales, selectivas y dependientes de la voluntad de una empresa. Por eso, convertir una entrega de agua o mantas en el principal símbolo de una política contra la pobreza significa reducir un problema estructural a una ceremonia de asistencia.

La OECD (2023) ha señalado que la evasión, la informalidad y la complejidad del sistema tributario limitan la recaudación peruana y la capacidad del Estado para financiar servicios esenciales. En este contexto, toda alianza con grandes corporaciones debe estar acompañada de contratos públicos, información tributaria clara, evaluación independiente, control de costos y rendición de cuentas.


Aberrante comienzo de proceso desperuanizador

Guillermo O’Donnell (1998) explicó que una democracia necesita mecanismos de accountability horizontal: instituciones autónomas capaces de controlar las decisiones del poder. Ese principio debe aplicarse también a las alianzas con el sector privado. No basta con inaugurar obras; es necesario demostrar que fueron priorizadas correctamente, que no existen conflictos de interés y que la ciudadanía recibió el mejor resultado posible.

En conclusión, el uso distorsionado e irregular del mecanismo de Obras por Impuestos termina postergando el desarrollo estructural en desmedro de los verdaderos intereses nacionales, configurando un modelo donde el beneficio tributario privado prevalece sobre la planificación estatal. En ese sentido, el régimen de Keiko Fujimori ejemplifica este «carnaval de entregas» al más puro estilo noventero cuando, a menos de quince días de haber asumido el poder, estrena su agenda económica firmando un publicitado acuerdo con la transnacional Coca-Cola que prioriza la imagen corporativa sobre la soberanía fiscal del país. <>

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Referencias

1.     Carroll, A. B. (1991). La pirámide de la responsabilidad social corporativa: Hacia la gestión moral de las partes interesadas de la organización. Horizontes empresariales, 34 (4), 39–48. https://doi.org/10.1016/0007-6813(91)90005-G

2.     Ministerio de Economía y Finanzas. (s. f.). Preguntas frecuentes: Obras por Impuestos. Gobierno del Perú.mef.gob

3.     O’Donnell, G. (1998). Responsabilidad horizontal en las nuevas democracias. Revista de Democracia, 9(3), 112–126.

4.     OCDE. (2023). Encuestas económicas de la OCDE: Perú 2023. Publicaciones de la OCDE. https://doi.org/10.1787/081e0906-es Presidencia de la República del Perú. (2026, 4 de agosto).

5.     Presidenta Fujimori: inversión de más de US$ 1,000 millones de Coca-Cola Perú y Arca Continental Lindley confirma confianza en el país. Gobierno del Perú