Declaran
Patrimonio Cultural de la Nación a los CONOCIMIENTOS, SABERES Y TÉCNICAS RELACIONADOS
A LA CONSTRUCCIÓN DE PUTUCOS en los distritos de Taraco, Huancané, Samán y
Arapa, en la provincia de Azángaro, departamento de Puno
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 116-2014-VMPCIC-MC
Lima, 30 de octubre de 2014
Visto, el Memorando N° 275-2013-DDC-PUN/MC de fecha 20 de
noviembre de 2013, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Puno, y el
Informe N° 373-2014-DPI-DGPC/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio
Inmaterial; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú
señala que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la
Nación;
Que, el numeral 2) del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley
General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que integran el
Patrimonio Cultural de la Nación las creaciones de una comunidad cultural
fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o
grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad,
como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores
transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos
originarios, el saber y conocimientos tradicionales, ya sean artísticos,
gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los
conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones
culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural como país;
Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley N°
28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que el INC
(hoy Ministerio de Cultura), la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la
Nación están encargados de registrar, declarar y proteger el Patrimonio
Cultural de la Nación;
Que, corresponde al Ministerio de Cultura en cumplimiento de
la función que le asigna la Ley, y con la participación activa de la comunidad,
realizar una permanente identificación de dichas manifestaciones tradicionales
del país que deben ser declaradas como Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, con Memorando N° 275-2013-DDC-PUN/ MC de fecha 26 de
noviembre de 2013, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Puno presentó el
expediente mediante el cual se solicita, al amparo de las normas vigentes, la
declaratoria de los Putucos de Taraco, como Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, mediante Informe N° 439-2014-DGPC-VMPCIC/ MC, la
Dirección General de Patrimonio Cultural elevó al Viceministro de Patrimonio
Cultural e Industrias Culturales el Informe N° 373-2014-DPl-DGPC/MC de fecha 23
de setiembre del 2014, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, a
través del cual se recomendó la declaratoria como Patrimonio Cultural de la
Nación, a los conocimientos, saberes y técnicas relacionados a la construcción
de putucos en los distritos de Taraco, Huancané, Samán y Arapa, provincia de
Azángaro, departamento de Puno;
Que, el distrito de Taraco, en la provincia de Huancané, y
los distritos de Samán y Arapa, en la provincia de Azángaro, en el departamento
de Puno, se encuentran ubicados muy cerca del lago Titicaca, en plena meseta del
Collao. Los dos primeros cuentan con una población aproximada de 14 mil
personas, mientras que Arapa, llega a las 9 mil personas, según el último censo
poblacional. Sus habitantes se dedican principalmente a la agricultura de
subsistencia así como a la pesca lacustre y, sobre todo, a la crianza y
pastoreo de animales. Si bien están divididos políticamente, los tres son
distritos cercanos y parte de un mismo sistema geográfico, lo que hace que
tengan muchas semejanzas en cuanto a sus características climáticas y de
altitud que va aproximadamente entre los 3,800 y 4,000 m.s.n.m.; Taraco y Samán
se encuentran ubicados a orillas del río Ramis, uno de los principales
afluentes del Titicaca, mientras que Arapa, está ubicada frente a la laguna del
mismo nombre;
Que, por ser una amplia llanura sin relieves ni elevaciones
montañosas, la meseta del Collao suele ser afectada por inundaciones durante la
época de lluvias, en el periodo que va desde noviembre hasta marzo. Asimismo,
entre mayo y septiembre, la zona sufre de sequía y heladas que afectan a los
pobladores y a su ganado. Es en este contexto, los hombres y mujeres de Taraco,
Samán y Arapa han desarrollado desde tiempos antiguos el sistema constructivo
conocido como putucos, el mismo que da cuenta de la capacidad del hombre de
adaptarse al medio ambiente y propiciar el desarrollo sostenible. Así, este
sistema constituye una original expresión de la ingeniería andina ancestral;
Que, los putucos son construcciones hechas en base a bloques
de barro y pasto denominados champa o champa, extraídos del mismo suelo, con
los que se arman la base, las paredes y el techo del mismo. Tal como lo
describe el arquitecto e investigador Ferruccio Marussi, estas champas son
bloques de tierra con raíces entrecruzadas de ichu y otros pastos silvestres
como chiji o quemello, que se extraen del suelo utilizando una pala o una
chakitaclla. Este material se extrae durante la época más húmeda cuando el
suelo es más suave. Finalmente, se deja a las champas secar al sol para que
adquieran la dureza y consistencia necesarias para ser usadas en la
construcción de los putucos. El tipo de composición del suelo, mezclado con las
raíces vegetales, genera una combinación perfecta que suministra un material
con importantes características de plasticidad, durabilidad y peso liviano, Si
bien es común encontrar putucos hechos con adobes, se prefiere trabajarlos con
champa pues este material es más resistente ante la erosión y tiene un alto
grado de impermeabilidad;
Que, los putucos tienen una forma piramidal, con una base
rectangular y un techo que termina en punta, en el que hay unas pequeñas
aberturas para la ventilación; constan además de una única puerta baja y
angosta, la cual, en algunos casos, se cierra con madera traída de otros
distritos. Las dimensiones totales de la construcción son variables, sin
embargo, los putucos más comunes miden aproximadamente tres metros de lado por
dos metros y medio o tres metros de alto. Tienen la propiedad de mantener el
calor y proteger del frío y la humedad, por lo que se convierten en una
excelente vivienda para humanos, un adecuado espacio para proteger los víveres
y un refugio abrigado para las ovejas o temeros, en una zona que puede alcanzar
muy bajas temperaturas y que carece de otros recursos naturales para la
construcción como la madera y la piedra;
Que, para la construcción de los putucos se tiene que
preparar el terreno, nivelándolo si es necesario. Un segundo momento en el
proceso es el trazo, en el que se establecen las dimensiones de cada uno de los
cuatro lados de la base, buscando ángulos rectos, para formar así cuadrados o
rectángulos e iniciar la construcción de los muros. El período habitualmente
elegido para erigir los putucos coincide con la etapa seca del año pues es
cuando el suelo y las champas -previamente extraídas- están más duros y secos.
Las champas se ordenan en hileras directamente sobre el suelo siguiendo la
forma de la base, luego se continúa verticalmente utilizando un poco de barro a
modo de mortero o argamasa;
Que, al terminar los muros se agregan unos refuerzos de
madera que permiten construir el techo con una forma entre cónica y piramidal.
En algunos casos, según los recursos y gustos de las familias, se hacen algunos
acabados como el tarrajeo, el refuerzo de los techos con material plástico o la
instalación de puertas e incluso ventanas. La construcción de un putuco, en
todas sus etapas, suele durar entre dos y cuatro días y frecuentemente es labor
de los hombres de la familia quienes aprendieron este conocimiento de sus
padres y abuelos. Existen también maestros expertos a quienes se contrata para
realizar esta labor;
Que, el putuco forma parte de un complejo habitacional rural
mayor que usualmente se complementa con otros putucos, a cada uno se le da un
uso específico. Así, una familia tendrá varios putucos, los que serán usados
como cocina, habitación, albergue de animales y despensa. Los putucos se
combinan también con construcciones diversas con características más
contemporáneas. El conjunto habitacional suele estar rodeado de un cerco
perimétrico que establece los linderos de la propiedad. Dentro de la unidad
habitacional promedio, suelen haber dos o tres putucos de usos diversos
dependiendo de la actividad productiva y las posibilidades económicas de los
dueños;
Que, los conocimientos, saberes y técnicas que permiten la
construcción de putucos se transmiten desde tiempos ancestrales de generación
en generación, habiendo evidencias muy bien documentadas, como las presentadas
en el trabajo del investigador Javier Escalante, en los que se demuestra que
los Tiahuanaco, quienes habitaron la zona entre los siglos IV y XIII,
utilizaron construcciones muy similares a los putucos actuales;
Que, la palabra putuco tiene un origen lingüístico incierto,
las hipótesis desarrolladas al respecto manifiestan que podría relacionarse con
el quechua, con el aymara e incluso con el uruquilia o lengua de los uru. En la
actualidad la palabra es de uso cotidiano y vigente por los pobladores y por
los investigadores para describir esta forma arquitectónica.
Que, el artículo 14 de la Ley 29565, Ley de creación i del
Ministerio de Cultura, señala que el Viceministro de Patrimonio Cultural e
Industrias Culturales tiene entre sus funciones la de formular, coordinar,
ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la
creación cultural en todos sus aspectos y ramas del Patrimonio Cultural, lo que
incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del
Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política
nacional;
Que, la
Directiva N° 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 080-2011-MC y
modificada por Resolución Ministerial N° 103-2011-MC, establece el
procedimiento para la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio
Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el otorgamiento de
reconocimientos, correspondiendo al Viceministro de Patrimonio Cultural e
Industrias Culturales, declararlas manifestaciones del Patrimonio Cultural
Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación;
LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS
NOTA: Las fotografías son del Ministerio de cultura.
Estando
a lo visado por la Directora General de la Dirección General de Patrimonio
Cultural, la Directora de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, y la Directora
General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De
conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29565, Ley de Creación del
Ministerio de Cultura; Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la
Nación; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 011- 2006-ED, la
Directiva N° 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 080-2011/MC, y
modificada por Resolución Ministerial N° 103-2011/MC, y el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto
Supremo N° 005-2013-MC;
SE RESUELVE:
Artículo
1.- Declarar
Patrimonio Cultural de la Nación a los conocimientos, saberes y técnicas
relacionados a la construcción de putucos en los distritos de Taraco, Huancané,
Samán y Arapa, en la provincia de Azángaro, departamento de Puno, transmitidos
de generación en generación, que han permitido afianzar y mantener la vigencia
de esta tradición ancestral constructiva y representativa de la población de la
meseta del Collao, y por la creatividad expresada en el aprovechamiento exitoso
de los recursos de la zona.
Artículo
2.- Disponer la
publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, la
difusión del Informe N° 373-2014-DPI-DGPC/MC y de la presente Resolución en el
Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe).
Artículo 3.- Notificar la presente
Resolución y el Informe N° 373-2014-DPI-DGPC/MC a la Dirección Desconcentrada
de Cultura de Puno, para los fines consiguientes.
Regístrese,
comuníquese y publíquese.
Viceministro de Patrimonio
Cultural
e Industrias Culturales
NOTA: Las fotografías son del Ministerio de cultura.
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